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Foto del escritorJorge Acosta

ASI Alianza Social Independiente

Que son los consejos de juventudes






Dra. Berenice Bedoya Pérez

Presidente Nacional ASI


Cátedra política a los jóvenes del país:

La ley estatutaria 1885 de 2018 por la cual se modificó la ley estatutaria 1622 de 2013, cuto objetivo de expedir el estatuto de ciudadanía juvenil, reglamentando lo concerniente al sistema nacional de juventudes.

El artículo 5, define la palabra joven. Toda persona entre 14 y 28 años cumplidos

Género. Es el conjunto de características, roles, actitudes, valores y símbolos construidos socialmente, que reconoce la diversidad y diferencias entre hombres y mujeres.

Espacio de participación. Son todas aquellas formas de concentración y acción colectiva que integran un número plural y diverso de procesos y prácticas organizativas de los jóvenes en un territorio

Ciudadanía juvenil. Es la condición de cada uno de los miembros jóvenes de la comunidad política democrática, ello implica el ejercicio de los derechos y deberes de los jóvenes en relación con otros jóvenes, la sociedad y el estado.

La invitación a participar, elegir y ser elegido en los consejos de juventud para periodos de 4 años, tiene funciones claras.

1. Actuar como mecanismo válido de interlocución y concentración ante la administración y las entidades públicas del orden nacional y territorial.

2. Proponer a las respectivas autoridades territoriales, políticas, planes, programas y proyectos, así como concentrar su inclusión en los planes de desarrollo.

3. Establecer estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo, dirigidos a la juventud

4. Participar en el diseño y desarrollo de agendas municipales, distritales, departamentales y nacionales

5. Concentrar la inclusión de las agendas territoriales y la nacional de las juventudes en las respectivas autoridades políticas y administrativas

6. Presentar informes semestrales de su gestión, trabajo y avances en audiencia pública, convocados ampliamente

7. Ejercer veeduría y control social a los planes de desarrollo, políticas públicas de juventudes

8. Interactuar con las instancias o entidades públicas

9. Fomentar la creación de procesos y prácticas organizativas

10. Dinamizar la promoción, formación integral y la participación de la juventud

11. Promover la difusión, respeto y ejercicio de los derechos humanos, civiles, sociales y políticos de la juventud, así como de sus deberes

12. Elegir representantes ante las instancias en las que se traten los asuntos de juventud

13. Participar en el diseño e implementación de las políticas, programas y proyectos dirigidos a la población joven

14. Interactuar con las instancias o entidades que desarrollen el tema de juventudes y coordinar la realización de acciones conjuntas

15. Es compromiso de los consejos de juventud, presentar un plan unificado de trabajo que oriente su gestión durante el periodo para el cual fueron elegidos

16. Elegir delegados ante otras instancias y espacios de participación

17. Adoptar su propio reglamento interno de organización y funcionamiento


Los consejos de juventud son mecanismos autónomos de participación, concentración, vigilancia y control de la gestión pública. Interlocutores en relación con las agendas territoriales de las juventudes ante la institucionalidad pública de cada ente territorial

Sus objetivos:

Canalizar los acuerdos de los jóvenes sobre las alternativas de solución a las necesidades y problemáticas de sus contextos. Visibilizarían de sus potenciales y propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante el gobierno territorial y el nacional. Generar propuestas para su desarrollo social, político y cultural

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